miércoles, 18 de mayo de 2011

CLASES DE ASIENTOS REGISTRALES

. Publicado por el estudiante del 1º Año de  Derecho de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “EZEQUIEL ZAMORA” UNELLEZ- Ambiente la caramuca- Barinas
Rondon Jackson

Clases de asientos  Regístrales
En el Registro de la propiedad se distinguen los siguientes asientos regístrales: Presentación, Inscripción, anotaciones preventivas, notas marginales y cancelaciones.

El procedimiento para la anotación de todos estos asientos suele comenzar con un asiento de presentación, que no tiene otro objeto que preparar y fijar la fecha de inicio de la protección de registro.

La inscripción es el único asiento destinado a dar publicidad de su contenido, que puede ser cualquier derecho real inscribible.

Las anotaciones preventivas son un asiento transitorio, de menor solemnidad que la inscripción, por regla general referido a derechos eventuales.

Las notas marginales se practican al margen de una inscripción y contiene datos de hechos o derechos que dependen del asiento a cuyo margen se realizan.

Por último, las cancelaciones son una forma de asiento negativo, por cuanto su función es negar en todo o en parte una inscripción anterior.

Veamos brevemente la definición de cada uno de los tipos de asientos regístrales:

• Asientos de presentación: Suponen la entrada en el Registro de un título, en base a la presentación de un documento válido (escritura pública, documento judicial, documentos extranjeros considerados públicos, entre otros). Van por estricto orden de presentación. Por tanto, si se da el caso de dos compra-ventas simultáneas, accede al Registro quién primero presenta la escritura.

• Asiento de Inscripción: Inscripción propiamente dicha que contiene todas las circunstancias del objeto. Constituye la clase de asiento más importante, al publicar situaciones jurídico-reales estables y claras.

Características del Asiento de Inscripción

 Es un asiento principal.

 Es un asiento definitivo.

 Es un asiento de carácter positivo.

 Es un asiento que se extiende en los libros de inscripción.

 Es un asiento en que se verifica una constancia registral completa.

Asiento de Anotación Preventiva: Las anotaciones preventivas son asientos provisionales que publican, con fines de garantías y efectividad, situaciones y derechos determinados por la ley (numerus clausus), que no pueden ser objeto de inscripción o siéndolo, existe un obstáculo que impide su práctica inmediata, pero que posteriormente se podrán realizar por medio de la conversión de la anotación en la inscripción. La publicidad que recibe del registro impide el juego formal de la fe pública, y, como consecuencia la presencia de terceros protegidos. Por esto, la doctrina dice que las anotaciones preventivas conservan, impiden o suspenden la fe pública registral. La anotación preventiva es un instrumento de seguridad y garantía que evita la burla y el consiguiente perjuicio de los derechos del anotante frente a las enajenaciones y gravámenes del titular registral.

Asiento de Cancelación: La cancelación es un asiento registral que sin admitir condición o plazos, extingue los efectos regístrales de otros. Puede afectar a los asientos de inscripción, anotaciones preventivas, notas marginales y de presentación. También sirve de medio para hacer constar la extinción, producida con anterioridad por la caducidad.

 Clases de cancelaciones.

Según su extinción, pueden ser cancelaciones totales o parciales.

Según su origen, pueden ser cancelación de inscripción y anotaciones preventivas hechas en virtud de escritura pública y las practicadas por mandamiento judicial.

Tendiendo a la intervención del interesado se dividen en:

 Cancelaciones a petición de parte.

 Cancelaciones de oficio.

Asiento de Notas Marginales: Son asientos que se practican en la columna marginal del libro de inscripciones o al margen del libro de personas o del diario y la función de los mismos es:

  1. Relacionar los asientos del registro para revisar y manejar con mayor facilidad sus libros.

 Consignar las circunstancias que modifican o afectan el derecho inscrito.

 Sustituir a los asientos principales, cuando así lo disponga la ley.

5 Características de la Anotación Preventiva

• Son instrumentos de seguridad y garantía que evitan la burla y el consiguiente perjuicio de los derechos del anotante frente a las enajenaciones y gravámenes del titular; por lo tanto tienen por objeto conservar inmutables las condiciones de cumplimientos o de efectividad de un derecho existente al tiempo de practicarse las mismas.

• La anotación preventiva por excepción pueden extenderse de oficio cuando el registrador se encontrare imposibilitado de extender la inscripción.

• Las anotaciones pueden referirse a derechos probables.

• La anotación preventiva es temporal y produce efectos negativos.

Los asientos, por tanto, son la forma que el Registro de la Propiedad documenta una realidad y la ampara ante terceros. La inscripción tiene una serie de efectos jurídicos que buscan la protección y beneficio del titular registral.

A todos los efectos legales se presumirá que los derechos reales inscritos en el Registro existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo. De igual modo se presumirá que quien tenga inscrito el dominio de los inmuebles o derechos reales tiene la posesión de los mismos

Estas presunciones, que admiten prueba en contrario, amparan la existencia del derecho, la pertenencia a su titular registral y su posesión.

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